Palabra Equidad según la Real Academia
De acuerdo a la Real Academia Española de la Lengua, la palabra “equidad” se deriva del vocablo latino aequitas, el cual tiene su antecedente en la voz -también en Latín- aequus, que a su vez puede traducirse al Español como “igualdad”.
Así mismo, la Academia describe, en la entrada que le asigna en su Diccionario a la palabra “equidad”, un total de cinco distintas acepciones, de las cuales se puede extraer un concepto general, el cual no sólo involucra la “igualdad” como un hecho natural, sino que señala que este también puede derivarse del ámbito legal. También, la Academia procura resaltar las nociones de “moderación” y “justicia”, ligados a esta definición.
En este sentido, se puede concluir entonces que la “equidad”, estaría refiriéndose entonces a un valor o condición social, a través del cual se procura las mismas oportunidades o condiciones para los individuos integrantes de una comunidad, institución específica o de la sociedad completa como tal, por lo que entonces la palabra “equidad” cobra además una connotación jurídica y política.
Derecho Romano y Equidad
Uno de los antecedentes jurídicos más antiguos sobre la Equidad se remonta al desarrollo mismo del Derecho Romano. De acuerdo a lo señalado por algunos especialistas de las leyes, en principio, el Imperio romano contaba con un sistema de Justicia al cual no podían acceder todos los individuos, pues algunos eran considerados ciudadanos y otros no, contando entonces con un sistema jurídico donde algunas personas quedaban excluidas. No sería sino hasta el sincretismo entre las civilizaciones Romana y Griega que el concepto de equidad llegaría a la Justicia, siendo entonces signado uno de los más importantes principios del Derecho Romano:
Lus est boni et aequi
El cual puede traducirse al Español como “El Derecho es la disciplina de lo bueno y equitativo”. No obstante, algunos autores como Karla Pérez Portilla, en su libro Principio de Igualdad: Alcances y Perspectivas destaca un hecho primordial de este concepto político al referirse a que la Equidad “es la adaptación de la norma jurídica a los casos concretos”, a fin de que la rigidez de la Ley –en el ejercicio de su aplicación- se adapte a las particularidades de cada caso y situación. En este sentido entonces se podría citar otro de los principios del Derecho Romano:
“Non ex regula ius sumatur sed ex iure quod est regula fiat”
Es decir, “El Derecho aplicado al caso singular no se toma de la regla, sino que del Derecho aplicado al caso se ha inferido la regla”. No obstante, Pérez Portilla continúa explicando que en la actualidad, a pesar de ser un principio jurídico, casi no se coloca en práctica dentro de los procesos penales, salvo que los jueces así lo consideren necesario, en vistas de resguardar a su vez el principio o intención de “certeza” jurídica, que pretenden vigilar y regir la imparcialidad y comportamiento de los jueces, apegados a las leyes, y no a la interpretación particular de estas.
Principio de Igualdad ante la Ley
Así mismo, el principio de Igualdad ante la Ley, que determina que dos personas, independientemente de su condición social, racial, humana o sexual, deben ser tratados bajo los mismos parámetros, tiene su base también en la noción de “equidad”. En referencia a su concepción en el marco jurídico americano, sus orígenes se remontan directamente a las revoluciones sociales que iniciaron y cobraron vida durante el siglo XVIII y XIX en América, específicamente a raíz de la Declaración de Independencia de los Estados Unidos, promulgada el 4 de julio de 1776, en cuya acta se puede leer, entre otros pasajes, su artículo 1:
«Todos los hombres nacen y viven libres e iguales en derechos; las distinciones sociales solo pueden fundarse en la utilidad común»
De esta forma, el principio de paridad o equidad ante la Ley impregnó el pensamiento liberal americano, basado igualmente en los preceptos de la Revolución Francesa, que pedían “Igualdad, Fraternidad y Libertad”, quedando plasmado en las Constituciones y Principios Fundamentales de las nacientes Repúblicas. Un ejemplo de esta influencia, puede constituirlo el siguiente fragmento extraído del Discurso ante el Congreso de Angostura, dado por el Libertador Simón Bolívar el 15 de febrero de 1819, en el cual también deja claramente expuesto su concepto de equidad jurídica entre los hombres:
“La naturaleza hace a los hombres desiguales, en genio, temperamento, fuerzas y caracteres. Las leyes corrigen esta diferencia porque colocan al individuo en la sociedad para que la educación, la industria, las artes, los servicios, las virtudes, le den una igualdad ficticia, propiamente llamada política y social”.
Justicia Social
Otra de las connotaciones del concepto de equidad está estrechamente ligada –a través del Principio de Igualdad ante la Ley- a la idea de Justicia Social, la cual es entendida como la equidad de condiciones y oportunidades para todos los miembros de una sociedad, en cuanto a los aspectos sociales, económicos y culturales.
De acuerdo a las fuentes bibliográficas al respecto, el concepto de Justicia Social tiene su antecedente primigenio en la noción de “justicia distributiva” promulgada por Aristóteles, en la cual el célebre Filósofo griego afirma que dentro de una sociedad la asignación de los bienes debe estar dada bajo los cánones de los “justo y lo correcto”, es decir, de forma equitativa, a fin de que no existan sectores favorecidos, en pro de la pobreza o miseria de otros.
Sin embargo, es en la era moderna, específicamente durante el siglo XIX que el concepto de “Justicia Social” vuelve a renacer, en relación, de las demandas laborales, surgidas en el seno de las clases trabajadoras, levantadas a la sombra del crecimiento industrial, dentro de las cuales comenzaron a cuestionarse las nociones de igualdad de derechos. No obstante, los historiadores apuntan también a que el término como tal se le puede atribuir directamente a Luigo Taparelli, jesuita de origen italiano, quien en 1843, es su Ensayo Teórico del Derecho Natural Apoyado en los Hechos refiere:
“La Justicia Social debe igualar de hecho a todos los hombres en lo tocante a los Derechos de la Humanidad”
Acuñando así, de una vez y para siempre, el término Justicia Social para referirse a la igualdad o equidad de derechos humanos, inherentes a los miembros de una sociedad, lo que hace que el término equidad también se aplique entonces, en los tiempo actuales, a las luchas de algunas minorías oprimidas, como por ejemplo el feminismo que persigue instaurar la equidad de género.
Fuente de imagen: pixabay.com