Tiene distintas acepciones. La primera es liderar una causa, un ideal, una empresa y organización para servir de vocero o representante en la defensa. Por ejemplo: en la época del absolutismo ilustrado, el poder mantenía su eje en un monarca cuya función era abanderar la divulgación de las luces. Igualmente, en la década de los 70’s, nadie quiso abanderar una represión bélica contra los comerciantes del Golfo.
En un segundo significado se refiere a la acción de matricular y dar registro a una embarcación que se encuentra en un país extranjero, bajo su bandera.
Para llevar al éxito una causa por el pueblo
Así lo han hecho grandes políticos de la historia, como George Washington, quien sirvió para abanderar el ideal por la libertad, catapultando su nación a ser la principal potencia mundial. Gracias a Washington, el país se liberó de la colonia británica.
Para legalizar una embarcación
Claramente, en el “Artículo 76 de la Ley de Puertos de Estado y de la Marina Mercante” estipula que los busques civiles pueden acceder a un registro y abanderamiento, siempre y cuando sus propietarios sean residentes o domiciliadas en España o en otros Estados que formen parte al espacio comercial europeo. El régimen administrativo que se aplica al buque o embarcación se aplica en virtud de su bandera.
Para legalizar una aeronave
Al igual que para las embarcaciones, las aeronaves también se ven obligadas a pasar por el proceso de abanderar su estadía y movilización por una nación extranjera, sometiéndose a la legislación vigente de ese territorio y también accediendo a las ventajas que ofrezca. La ley específica que establece este procedimiento es el “convenio sobre aviación civil internacional, de 1944, arts. 17 y sigs. y 29.a); LNA, arts. 16 y 17”. En el presente, muchas compañías aéreas no poseen la propiedad directa de los aviones, sino que operan con otras empresas que los alquilan.