Muchas parejas deciden no tener hijos, pero sí un perro. Entonces, se convierte en un “perrhijo”. El mayor problema deviene cuando deciden separarse legalmente. Eso daría paso a un juicio para definir la repartición de bienes y demás. Si hay hijos, se determina quién queda con la custodia, horarios de visita, etc. Pero, ¿qué pasa con el perro en un divorcio? Veamos:
Aumenta la adopción de perros y con éstos los divorcios
Así como aumenta el número de parejas que adoptan perros, así también crece el número de divorcios. La legislación de cada país en cuanto ese asunto, tiene en cuenta factores como el futuro y bienestar de los primogénitos, así como que todo lo adquirido en el matrimonio sea repartido de manera equitativa. Pero ahora, hay un problema que aunque ya existía, no era tan relevante: ¿para dónde se va el perro?
En caso de que haya un menor, la mascota tiene mayor posibilidad de quedarse con el cónyuge que quede a cargo del niño y más, si la defensa alega que en esa etapa de la infancia, separarse del animalito resulta traumático. El juez se ve obligado por la ley, a favorecer a los menores, sin embargo, en España y Argentina, por ejemplo, la legislación señala que los inmuebles adquiridos durante la relación marital, incluyen a los animales, lo cual ha generado polémica porque los animales no son cosas.
Pero si la mascota llegó a manos de algún miembro de la pareja, antes de casarse, el animal será asignado a su dueño legítimo, sin lugar a apelación alguna. Existen casos en los que antes de cualquier acción oficial, los profesionales recomiendan que es mejor ponerse de acuerdo en privado, en qué le favorece más al animal.
El aumento considerable de parejas que se abstienen de procrear y en lugar de ello, adoptan una mascota que perciben como su hijo, es algo sorprendente en cada país. No es nada fácil desprenderse de un perro, un gato o cualquier otro animalito con el que se haya compartido varios años de cariño y compañía. Por eso, es uno de los puntos más incómodos si se opta por el divorcio.
En México sucede algo muy curioso: los animales domésticos no se encuentran establecidos dentro de ningún tipo de código, sino que se les valora como una parte del patrimonio, misma que encajan en el conjunto de los semovientes, como llaman a los bienes del patrimonio que tienen la capacidad de moverse por sí mismos. Moisés Sierro, un abogado mexicano, acusa que ha debido llevar numerosos casos de parejas que pelean por la pertenencia de la mascota.
¿Cosas o seres con conciencia?
En 2015, Francia fue el primer país europeo y del mundo, en el que se constitucionalizó que las mascotas deben ser estimadas como seres vivientes, con sentimientos y consciencia, por lo tanto, según los franceses, no pueden tenerse como bienes inmuebles. Se han presentado hechos de crueldad animal en estas situaciones de divorcio, pues uno de los cónyuges por vengarse, maltrata a la mascota, acción que ha sido fuertemente penalizada en dicha nación.
En Argentina, las discusiones por quién se queda con el perro o con el gato, se han tomado los tribunales. Ahora es lo que más se presenta en las demandas de divorcio y cada persona reclama ser el padre o madre del animal. Lo creen literalmente, no de forma metafórica. Es algo que también tiene interesados a los psicólogos, pues se trata de una anomalía psicológica que está afectando las interrelaciones y que incluso, es causal de divorcios y desintegración familiar, en casos extremos de la patología mental. Los abogados de todos los países coinciden en que es mejor que se decidan por compartir la custodia del peludo y siendo así, se deben acordar unos horarios tal cual sería con hijos humanos.
Por ahora, en los distintos países no existe como tal una patria potestad sobre una mascota. En un juicio se tratarán como inmuebles materiales y a veces, el juez decide que el animal debe venderse si es de una raza fina, para repartir el dinero. A veces, el apego es tan extremo, que hay alguien dispuesto a ceder la parte material que le corresponde, a cambio del perrhijo.
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