En el ámbito democrático y político, se conoce con el nombre de Plebiscito a un instrumento de consulta popular, por medio del cual el Gobierno establecido convoca al pueblo a expresar –a través del voto, directo y secreto- su opinión o aceptación sobre una determinada decisión o norma, que tendrá impacto en la realidad del propio país.
Características del Plebiscito
Así mismo, las distintas fuentes han señalado algunos elementos que constituyen características inherentes a este tipo de herramientas políticas, que se han establecido a lo largo de la historia democrática como métodos de consulta popular. En tal sentido, resulta pertinente nombrar algunas de ellas, a continuación:
- En primer lugar destaca el carácter democrático que atañe a este tipo de instrumentos electorales, pues sólo los gobiernos practicantes de la Democracia pueden tomar en consideración la verdadera opinión popular.
- Así mismo, los Plebiscito suponen la movilización y participación ciudadana, por lo que el Gobierno que lo promueve no sólo maneja la Democracia, sino la Democracia participativa.
- En cuanto a la propia naturaleza del Plebiscito, éste se basa en una o varias preguntas, que el ciudadano contestará casi siempre de forma positiva o negativa.
- Como en todo ejercicio democrático, en el Plebiscito, resulta vencedora la opción que más votos consiga.
- A pesar de que este mecanismo convoca al electorado, en realidad es sobre todo un instrumento de consulta, para dar legitimidad política a las decisiones tomadas, no obstante –aunque no es directamente vinculante– la mayoría de las veces el Gobierno que ha llamado a consulta se atiene a la opinión ciudadana.
Etimología de Plebiscito
Con respecto al nombre de esta herramienta electoral, las distintas fuentes han señalado que el vocablo “plebiscito” parece tener su origen en el Latín, estando compuesto por dos palabras “plebis” que podría traducirse básicamente como “de la plebe” “del pueblo”, así como la voz “scitum” la cual a su vez está relacionada con el significante “decreto”, por ende su traducción literal sería “Decreto de la plebe” o “Ley –mandato- del pueblo”, hecho que para algunos reitera el carácter democrático con el que se encuentra revestido esta herramienta electoral.
¿Plebiscito igual a Referéndum?
Por otro lado, una de las grandes confusiones o dudas que se presentan en cuanto a esta herramienta democrática, la cual en ocasiones resulta extraña incluso para los ciudadanos que han crecido en países de tradición democrática, es si esta resulta diferente o no a aquella conocida con el nombre de Referéndum. Al respecto, las fuentes especializadas indican que básicamente el Plebiscito y el Referéndum son instrumentos de consulta distintos, cuya principal diferencia radica en su carácter vinculante. De esta forma, mientras la voluntad expresada por medio de un Referéndum obliga al gobierno en cuestión a cumplir con la decisión popular, el Plebiscito es una gran consulta ciudadana, que sólo sirve para conocer la opinión que tiene la ciudadanía sobre un caso o decisión particular que esté por definirse, aun cuando por supuesto casi siempre esta opinión termina influyendo en la medida o en la forma de tomarla.
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